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Order (Auto)September 5, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Vladimir Fernández Andrade

✓Claimant Promotora Medica Las Americas Sa·Respondent Ese Hospital General De Medellin Luz Castro De Guterrez

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Derivada De Una Factura De Venta Por La Prestación De Servicios De Salud Del Sistema De Seguridad Social Integral-Incertidumbre En La Relación Contractual Entre Las Partes
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Asuntos en los que se reclama el pago de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 32 Civil Municipal de Medellín y el Juzgado 2° Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

Es causa de la controversia, demanda ejecutiva de menor cuantía presentada por la sociedad Promotora Médica Las Américas S.A., en contra de la E.S.E.

Hospital General de Medellín Luz Castro de Gutiérrez.

Esto, con el objetivo de obtener el pago en sede judicial de las sumas adeudadas por concepto de las facturas de venta (electrónicas) emitidas y aceptadas por la deudora.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el caso trata de una demanda ejecutiva de menor cuantía en la que se busca librar mandamiento de pago de unas facturas de venta surgidas de la prestación de servicios de salud que no fueron prestados en el marco de una relación contractual con el Estado.

Si bien, en este caso, las facturas no fueron expedidas por la E.S.E.

Hospital General de Medellín Luz Castro de Gutiérrez y en contraste, esta última actúa en calidad de ejecutada; el asunto sub examine se trata de un proceso ejecutivo en el que se pretende el pago de obligaciones derivadas de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud, que no se enmarca en ninguno de los presupuestos del artículo 104.6 del CPACA.

La Sala resuelve con la regla de decisión según la cual, siguiendo la cláusula general de competencia otorgada por el artículo 2.5 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de obligaciones derivadas de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud, que no se enmarque en ninguno de los presupuestos del artículo 104.6 del CPACA.

Particularmente, cuando no se constate la existencia de una relación contractual entre las partes.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Oficina de Apoyo Judicial de Medellín para que reparta el asunto entre los jueces laborales de esa ciudad.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 32 Civil Municipal de Medellín y el Juzgado 2° Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso ejecutivo promovido por Promotora Médica Las Américas S.A. le corresponde al a los jueces laborales de Medellín (reparto).
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5540 a la Oficina de Apoyo Judicial de Medellín para que reparta el asunto entre los jueces laborales de esa ciudad.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a los interesados de este trámite, al Juzgado 32 Civil Municipal de Medellín y al Juzgado 2° Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.